Fecha de Noticia: 28-Septiembre-2018
Suspenden prohibición de publicitar servicios contables.
En el caso que motiva esta la Corte Suprema suspende provisionalmente la frase del Codigo de Ética del Contador que prohibe hacer campañas publicitarias.
La frase temporalmente suspendida es el artículo 43 del Decreto 26 de 1984 que indica poco profesional iniciar campañas publicitarias de forma activa.
Este artículo ha servido para limitar las propagandas publicitarias de los contadores y firmas de contabilidad.
La suspensión provisional se da por petición de Rubén Bustamante en demanda donde actúa Rafael Rivera como abogado.
Entre los argumentos presentados por el demandante está que esta frase atenta contra la libertad de expresión,
Adicionó el demandante que la frase supone que toda campaña publicitaria activa atenta contra la ética profesional, sin considerar que tipo de campaña es, prejuzgando el contenido de esa campaña.
La Corte advierte que esta suspensión es provisional hasta que se falle el fondo del caso. Este tipo de suspensiones son permiteidas en los procesos de ilegalidad contra decretos leyes.
Vea fallo completo haciendo click aquí: (fallo)
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Por: Carlos Urbina