Fecha de Noticia: 5-Marzo-2018

DGi dice que cesionario no sufre retención si primer cedente retuvo...

 

 

 

El día 26 de febrero de 2016, la DGi dijo que no procede la retención por remesas al realizarse pagos en virtud de cesión de crédito a descuento si ya hizo esta retención al receptor original del certificado.

 

La consulta vino como respuesta a una petición del Metro de Panamá que  decía ser garante en un certificado de no objeción que era cedido por sus contratistas a personas residentes fuera del país.  Esta cesión se estructuraba en forma de financiamiento ya que se hacía a descuento.

 

Según lo que se puede apreciar de la consulta el cedente del crédito (es decir el Metro) ya practicó la retención en la emisión del certificado de no objeción.

 

La DGi indicó que al realizarse el pago al cesionario no procedía la retención si el Metro si ya había retenido al receptor del crédito posteriormente cedido a descuento.

 

Vea consulta completa haciendo click aquí: (vea consulta).

 

Twittea o dale like a esta noticia:

 

 

 

 

Por: Carlos Urbina

Visita nuestro canal en YouTube: