Fecha de Noticia: 3-Abril-2018

¿Ley de modernización elimina auditorías?

 

 

 

 

El proyecto recién presentado de modernización crea dos figuras financieras que podrán no necesitar Estados Financieros Auditados.

 

Estos son lo que el proyecto de ley llama CEFICOs y las EFEs.  Los primeros son los Centros de Financiación Colectiva (artículo 41) y los segundos los Entidades Financieras Especializadas (artículo 15).

 

Según el proyecto, al que este periódico tuvo acceso, los CEFICOS "realizarán una declaración anual sustitutiva de la existencia de auditoría externa en los términos que establezca la Superintendencia de Bancos" (artículo 45).

 

Por otro lado las EFEs podrá prescindir de la Auditoría y "podrán realizar una declaración anual sustitutiva de un informe de auditoría externa en los términos que establezca la Superintendencia de Bancos" (artículo 14).

 

Según la norma los CEFICOS serán entidades de "crowfunding" y las EFEs serán quienes se dediquen a:

 

1. Apertura de cuentas de pago y gestión de órdenes de cobro y pago.

2. Transferencias domésticas.

3. Transferencias internacionales.

4. Ejecución de pagos a crédito.

5. Remesas de dinero.

6. Emisión de dinero electrónico.

7. Proveedores -en particular, los sitios de Internet y las entidades relacionadas- de servicios de compraventa de dinero digital, o de divisas digitales.

8. Emisión de medios de pago autorizados.

9. Compraventa de oro y plata.

10. Compraventa de monedas antiguas y billetes.

13. Compraventa de divisas.

14. Compraventa de opciones, de compra o venta, sobre subyacente divisa.

15. Gestión de la devolución de impuestos indirectos a no residentes.

16. Gestión de sistemas de pago.

17. Gestión de la consolidación de las posiciones financieras de la clientela.

 

Vea texto en borrador haciendo click aquí: (borrador) (borrador inicial)

 

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Por: Carlos Urbina

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