Fecha de Noticia: 18-Abril-2018

Certificado de NO Contribuyente NO es una exención de ISR...

 

 

 

El día 9 de abril de 2018 la DGi dijo que los certificados de no contribuyentes de ISR no son una exención del impuesto.

 

La respuesta de la DGi se da ante consulta de una empresa americana que ganó una licitación para vender un kit para instalar 61 puentes vehiculares.  La contratación también incluía capacitar al personal del MOP en esta instalación.

 

La empresa decía haber inscrito una sucursal en Panamá sólo para cumplir con un requisito del pliego para la licitación.

 

Dentro de este pliego, la empresa americana dio un Certificado de No Contribuyente de ISR.

 

Este tipo de certificado se da en reemplazo del Paz y Salvo con la DGI.

 

La sucursal de la empresa americana, al sólo ser inscrita en el registro público, no tenía cuenta corriente en la DGI y por lo tanto no tenía posibilidad de producir un Paz y Salvo.

 

Según el contribuyente, no instalar los puentes y sólo dar capacitación, sumado a no tener aviso de operación, ni oficinas, ni empleados en Panamá, hacían que no se produciera renta en Panamá.  Esto se veía reforzado por el hecho de que el MOP le pagó a la empresa contra una factura hecha en USA sin que sea emitida por una máquina fiscal.  Por estas razones, decía el contribuyente, se había obtenido el certificado de exención del ISR.

 

Según la DGi, ninguna de estas cosas daba lugar a una exención del ISR.  Añade la DGi que el contribuyente está "tergiversando totalmente el significado legal" de los certificados de no contribuyente de ISR.  Estos, según la DGI se emiten para cumplir con el requisito propio de la licitacion y no equivalen a una exención de ISR.  Según la consulta, luego de la licitación, la empresa tendría que declarar impuesto sobre la renta y pagar este impuesto.

 

Vea consulta haciendo click aquí: (vea consulta).

 

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Por: Carlos Urbina

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