Fecha de Noticia: 5-Marzo-2018
Agentes Residentes de SAs morosas SÍ pueden renunciar...
El día 22 de febrero de 2018, la DGi dijo que los agentes residentes de entidades morosas en tasa única sí pueden renunciar.
La consulta vino como respuesta a una petición del Director del Registro Público. El funcionario indicaba haber recibido gran cantidad de renuncias de los agentes residentes de sociedades inactivas por morosidad.
La inactivación de la sociedad trae como consecuencia la no inscripción de actos en el registro público según el artículo 318-A del Código Fiscal.
Al estar morosas las entidades, el Registro no sabía si procedía o no la inscripción de la renuncia del agente residente.
La DGi indicó que su interpretación del artículo 318-A no alcanzaba a los actos de renuncia del agente residente.
La DGi también indicó en la consulta que en algunos casos la renuncia del agente residente es un deber.
Desde 2015, la DGi procedió a inactivar gran cantidad de sociedades y fundaciones por no pago de tasa única (ver noticia).
Vea consulta completa haciendo click aquí: (vea consulta).
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Por: Carlos Urbina