Fecha de Noticia: 25-Septiembre-2018

¿Acto Administrativo sin Recurso en Contra? - Proyecto de Código.

 

 

 

 

En esta semana se envió a la Asamblea el texto del Código Tributario que en su artículo 147 no concede recurso alguno contra lo que el proyecto llama el "acto administrativo" de la consulta.

 

El proyecto consideraría a algunas consultas con efecto vinculante pero empediría que sean reconsideradas, apeladas o llevadas a la Sala 3ra de lo Contencioso Administrativo.

 

Hasta este momento, las consultas no son consideradas actos administrativos y no tienen efectos vinculantes.  Sin embargo, en algunas ocasiones la CSJ les ha dado carácter de acto administrativo y han llegado a conocer demandas contencioso administrativas contra las mismas.

 

El artículo recuerda a la vieja figura del criterio interpretación donde la DGI dictaba actos administrativos vinculantes para los contribuyentes.  Este criterio de interpretación fue declarado inconstitucional por la CSJ.

 

Se desconoce qué motivo a los redactores del código a establecer actos administrativos sin posibilidad de recursos en contra de los mismos.

 

Para ver proyecto de ley haga click aquí: Proyecto

 

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Por: Carlos Urbina

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