Fecha de Noticia: 25-Septiembre-2018
¿Acto Administrativo sin Recurso en Contra? - Proyecto de Código.
En esta semana se envió a la Asamblea el texto del Código Tributario que en su artículo 147 no concede recurso alguno contra lo que el proyecto llama el "acto administrativo" de la consulta.
El proyecto consideraría a algunas consultas con efecto vinculante pero empediría que sean reconsideradas, apeladas o llevadas a la Sala 3ra de lo Contencioso Administrativo.
Hasta este momento, las consultas no son consideradas actos administrativos y no tienen efectos vinculantes. Sin embargo, en algunas ocasiones la CSJ les ha dado carácter de acto administrativo y han llegado a conocer demandas contencioso administrativas contra las mismas.
El artículo recuerda a la vieja figura del criterio interpretación donde la DGI dictaba actos administrativos vinculantes para los contribuyentes. Este criterio de interpretación fue declarado inconstitucional por la CSJ.
Se desconoce qué motivo a los redactores del código a establecer actos administrativos sin posibilidad de recursos en contra de los mismos.
Para ver proyecto de ley haga click aquí: Proyecto
Twittea o dale like a esta noticia:
Por: Carlos Urbina