Fecha de Noticia: 5-junio-2017

Amplían retención y crean "CAIR" de ITBMS...

 

ITBMSPor: Carlos Urbina

 

El día 2 de junio de 2017 la Gaceta Oficial 28292 publica el Decreto Ejecutivo 128 que baja a 5 millones el mínimo de facturación anual para ser considerado agente de retención del ITBMS.

 

Este límite era, con anterioridad a esta norma, la facturación anual de 10 millones.

 

El decreto también crea una especie de CAIR para quienes tengan exceso de crédito de ITBMS.  La norma permite a estos contribuyentes, quienes luego de 6 meses continúen con situación crédito, a solicitar la no aplicación de este régimen especial de ITBMS.  Este alivio se dará vía disminución del porcentaje a retener.

 

La norma también da poder al Director de la DGi para extender plazos a quienes demuestren tener dificultades tecnológicas con este procedimiento de retención de ITBMS.   Esta extensión será hasta por el plazo de 2 meses.

 

Facturar más de 5 millones no hará al contribuyente retenedor de ITBMS a menos que sea listado por la DGi.  Esta lista saldrá el 1ero de agosto con los nuevos agentes retenedores.

 

Para ver este comunicado haga click aquí:

 

Decreto Ejecutivo 128 de 2007

 

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